La Rioja Argentina

Realizado por Ex Presos Políticos, Organizaciones Sociales, de Derechos Humanos Independientes y Comunidades Cristianas
La Rioja, Argentina

jueves, 26 de junio de 2014

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÙBLICO
POR EL ASESINATO DE MONSEÑOR ANGELELLI Y EL INTENTO DE HOMICIDIO DEL EX SACERDOTE ARTURO PINTO



AUDIENCIA N°21-Parte II
13 de Junio
Como manifestamos en el Diario anterior hoy compartiremos los fundamentos del alegato de las querellas desarrollodo el día 13 de Junio
Recordemos que en primer lugar lo hizo la querella de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia y de los querellantes particulares, Marile Coseano, Luis Baronetto (Tiempo Latinoamericano) y Aido Pinto representados por los abogados Bernardo Lobo Bugeau y Guillermo Díaz Martínez.
Los abogados organizaron la presentación partiendo de los hechos y basandosé en pruebas testimoniales, documentales teniendo en cuenta asimismo el momento histórico previo al golpe del 76 y los acontecimientos sucedidos posteriormente.
Partiendo del importante relato del testigo presencial Arturo Aido Pinto, que acompañaba en ese momento a Monseñor Angelelli y declaró: “Hice controlar la camioneta en la estación de servicios de Chamical (…) veníamos a 100 Km por hora, luego de pasar Punta de Los Llanos a 6 Km en una curva aparece un Peugeot de color claro y realiza una maniobra brusca de encerrona…escucho como un ruido fuerte, como un reventón”
Destacaron como indicios del hecho criminal las expresiones de diferentes testigos. El agente Luna Moreira ratifica la distancia  del cuerpo a la camioneta de 15 mts.
El cuerpo estaba como acomodado”, dijo el comerciante Chiavasa. El perito médico forense Gasparrini califica a la autopsia original (realizada por el médico policial Enzo Herrera Paez y Guchea) como ineficiente y la toma de fotos inadecuadas.
La enfermera que participó en la primera autopsia expresó: “tenía una incisión en la nuca (…) cabía una mano”.
El abogado hizo referencia también al testimonio del perito de parte en la segunda autopsia Vignolo, “la quebradura de costillas fue provocada por el volante (…) es raro que haya podido salir eyectado, tendría otro tipo de lesiones”. La querella expresó: “podría haber sido sacado del vehículo y la cabeza golpeada sobre el pavimento y esto no fue desmentido por el perito forense Trezza.”
En relación al estado del vehíiculo de Monseñor Angelelli el mecánico del Obispado Agustín Baldo dijo: “la camioneta era original, modelo 73, estaba en muy buenas condiciones y el Obispo era buen conductor”.
Completo el alegato el abogado Díaz Martínez tomando distintos aspectos para fundamentar la responsabilidad criminal de Menéndez y Estrella.
Detalló el contexto del golpe civico-militar en lo político, social, jurídico tanto a nivel  nacional como en La Rioja. Era un plan preconcebido en el marco de la teoría de la Seguridad Nacional, con la  participación civil a través de la oligarquia nacional y el ministro de economía Martinez de Hoz, destinado a concebir la miseria, la precarización y la destruccion de la industria nacional. Este Estado Terrorista persiguió a todo opositor, a niños, a jóvenes y obreros. En el año 76 no hubo guerra, no hubo dos demonios. “¿cómo podemos decir demonio a Angelelli?”.
También tomó la teoría de Claus Roxín basada el dominio del hecho y del dominio de la voluntad para calificar a los imputados como autores mediatos.
Sobre Fernando Estrella dijo que es el que llevó adelante el golpe del 76 en Chamical y que realizaba tareas de inteligencia, no solo retransmitió órdenes sino que garantizaba que se cumplieran.
A su turno la querella del Obispado representada por los abogados Pedro Goyochea y Mirta Sánchez expresaron su adhesión a los alegatos ya realizados y fundamentaron el propio desde la pastoral de Monseñor Angelelli y la persecusión sufrida, basándose en distintos testimonios que fueron detallando las acciones de descalificación, intimidación y persecución.
El sacerdote Enri Praolini (testimonio escrito) había caracterizado a la pastoral de Angelelli: “optar por todo el pueblo de Dios abierta a todo nacional y latinoamericano, una  pastoral conciliar y participativa.” Sebastían Glassman expresó asimismo: “Había una adhesión plena a la pastoral de Monseñor Angelelli”.
También se habló del plan sistemático, de los postulados del Terrorismo de Estado,  consideraron importante destacar: ”esta  investigación lleva 38 años pero el proceso judicial interviniente no tomó las medidas para hacer justicia todo lo contrario fueron perversos, un accidente para ocultar el crimen.”
Puso de ejemplo la designación de Vigo (miembro de la policía Federal) sin estudios secundarios consiguió la matrícula y fue nombrado juez de instrucción el 18 de julio de 1976. Su informe permitió archivar la causa: “Vigo fue puesto para lograr la impunidad.” Acordaron con la otra querella en el pedido de condena y en los cargos sumando los cargos de alevosía y odio religioso.
La próxima Audiencia será el día 27 de Junio en los Tribunales Federales de La Rioja a hs. 9,30
Juicio y castigo! 
¡Cárcel común y efectiva!
Verdad, Justicia y reparación histórica!

Ex presos políticos, Organizaciones sociales, de Derechos Humanos Independientes y Comunidades  Cristianas

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