La Rioja Argentina

Realizado por Ex Presos Políticos, Organizaciones Sociales, de Derechos Humanos Independientes y Comunidades Cristianas
La Rioja, Argentina

domingo, 29 de junio de 2014

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÙBLICO POR EL ASESINATO DE MONSEÑOR ANGELELLI Y EL INTENTO DE HOMICIDIO DEL EX SACERDOTE ARTURO PINTO


AUDIENCIA N°22

27 de Junio




La audiencia se reanudó a las 10:15 hs. con la lectura por Secretaria del certificado médico presentado por el juez subrogante Mario Garzón donde se informa que presenta un cuadro de hepatitis virósica. El imputado Estrella nuevamente siguió la audiencia desde el sexto piso del tribunal a través de video conferencia.
A continuación la fiscalía detalló cómo desarrollarían su alegato, el que estuvo distribuido en tres partes, el contexto histórico a cargo del Fiscal Darío Illanes, los hechos y participación de imputados por parte del fiscal Gustavo Gimena y la fundamentación legal del pedido de pena a realizar por el fiscal general Horacio Salman.
El fiscal Illanes efectuó un completo análisis trabajando sobre los ejes del Terrorismo de Estado, Provisión de la Impunidad y la Complicidad de la Jerarquía de la iglesia. En relación al Terrorismo de Estado destaco la pertinencia de tener en cuenta los antecedentes previos, las tensiones generadas en el contexto  social, político,  económico y los roles de las instituciones nacionales.
Expresó que el Terrorismo: “no es solo de los militares sino que entre 1976 y 1983 fueron amparados por los miembros de la Jerarquía de la iglesia y del poder judicial.”
Hizo referencia a un hecho importante, la entrevista entre Rafael Videla y algunos miembros de la Conferencia Episcopal el 10 de Abril del 78, donde se trató el tema de la  “búsqueda de una solución al reclamo ¿dónde están nuestros  hijos”.
Explicó cómo los militares necesitaban responder al reclamo por los derechos humanos tanto el que hacían  las Organizaciones que visitaron nuestro país (la Cruz Roja, Amnisty Internacional) como el de los familiares que buscaban incesantemente a sus hijos. También el Episcopado precisaba una respuesta a las interpelaciones que preveían les harían en la reunión de Puebla (México) en el año 1979 sobre las violaciones de los derechos humanos en nuestro país. La “solución” no fue blanquear sino todo lo contrario, Monseñor Aramburo sugirió que: “No estamos en condiciones de dar información… por lo menos digan que están desaparecidos”

En referencia al Obispo, dijo el fiscal: “Angelelli era un objetivo de este plan sistemático del Terrorismo de Estado, la figura emblemática de este movimiento peligroso para el gobierno de facto (…) Pido a Dios que ilumine vuestro fallo y que salga a la luz este hecho negado,oculto,  este manto de impunidad”.
Después de un breve cuarto intermedio el fiscal Gustavo Gimena comenzó su alegato leyendo un escrito de Monseñor Angelelli en su llegada a La Rioja: “Estamos viviendo una hora historica (…) existen sistemas que han causado injusticias (…) hay que darse prisa”. Destacó Gimena que éste fue un axioma diario de la vida de Angelelli.
Describió que el accidente fue disimulado, tapado y en base a prueba testimonial y pericial sostuvo que fue un atentado con  la decisión de los altos mandos de asesinarlo. 
Analizando la estructura de mando, señalo tres eslabones en el funcionamiento de esta organización criminal, los autores de escritorio, los autores intermedios o de organización, y los autores fungibles actuando sobre  los llamados “enemigos internos”.
Menendez dio la orden de matar, Luis Fernando Estrella proveyó lo necesario y los autores materiales eran concientes de la profunda criminalidad del hecho (…) hasta un juez pusieron para garantizar la impunidad”…
Al finalizar su presentación el fiscal Gimena nuevamente leyó palabras de Monseñor Angelelli en la misa de exequias de Carlos y Gabriel: “Si se nos dijera: No tenemos que perdonar; esto no es cristiano, responderiamos sin vacilar: el cristiano tiene que perdonar a todos. Pero otra cosa es aprobar los errores y otra aún no trabajar para evitar que estas cosas sucedan. Pero al responsable, su conciencia ha de decirle seguramente: “¡Vos lo hiciste!” y no se cómo puede dormir, y si esta casado, como puede besar a su mujer y sus hijos, no lo entiendo desde la fe y ni siquiera humanamente”.
Gimena concluye “hago mío este mensaje y le digo a Luciano Benjamín Menéndez y a Luis Fernando Estrella “Vos lo hiciste” y a los otros participes, Uds. son los asesinos de Angelelli.”
Estas sentidas palabras produjeron emoción y reconocimiento en el aplauso sostenido de los que estábamos en la sala.
Finalizando el alegato del Ministerio público le cupo al fiscal Horacio Salman la calificación jurídica de los hechos y el pedido de la pena que consistió en prisión perpetua para ambos.
Por la tarde dieron su alegato las defensas carente de toda argumentación recurrieron a falacias, agravios y descalificaciones que como dijo una de las querellas en su réplica “son manotazos de ahogado”. Todos los que participamos acompañando las audiencias nos retiramos sin terminar de escuchar a las defensas
La próxima Audiencia será el día 4 de Julio en los Tribunales Federales de La Rioja a hs. 9,30, últimas palabras de los imputados y a las 15,30 lectura de las sentencias

Juicio y castigo! 
¡Cárcel común y efectiva!
Verdad, Justicia y reparación histórica!

Ex presos políticos, Organizaciones sociales, de Derechos Humanos Independientes y Comunidades  Cristianas
 





jueves, 26 de junio de 2014

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÙBLICO
POR EL ASESINATO DE MONSEÑOR ANGELELLI Y EL INTENTO DE HOMICIDIO DEL EX SACERDOTE ARTURO PINTO



AUDIENCIA N°21-Parte II
13 de Junio
Como manifestamos en el Diario anterior hoy compartiremos los fundamentos del alegato de las querellas desarrollodo el día 13 de Junio
Recordemos que en primer lugar lo hizo la querella de Derechos Humanos de la Nación y de la Provincia y de los querellantes particulares, Marile Coseano, Luis Baronetto (Tiempo Latinoamericano) y Aido Pinto representados por los abogados Bernardo Lobo Bugeau y Guillermo Díaz Martínez.
Los abogados organizaron la presentación partiendo de los hechos y basandosé en pruebas testimoniales, documentales teniendo en cuenta asimismo el momento histórico previo al golpe del 76 y los acontecimientos sucedidos posteriormente.
Partiendo del importante relato del testigo presencial Arturo Aido Pinto, que acompañaba en ese momento a Monseñor Angelelli y declaró: “Hice controlar la camioneta en la estación de servicios de Chamical (…) veníamos a 100 Km por hora, luego de pasar Punta de Los Llanos a 6 Km en una curva aparece un Peugeot de color claro y realiza una maniobra brusca de encerrona…escucho como un ruido fuerte, como un reventón”
Destacaron como indicios del hecho criminal las expresiones de diferentes testigos. El agente Luna Moreira ratifica la distancia  del cuerpo a la camioneta de 15 mts.
El cuerpo estaba como acomodado”, dijo el comerciante Chiavasa. El perito médico forense Gasparrini califica a la autopsia original (realizada por el médico policial Enzo Herrera Paez y Guchea) como ineficiente y la toma de fotos inadecuadas.
La enfermera que participó en la primera autopsia expresó: “tenía una incisión en la nuca (…) cabía una mano”.
El abogado hizo referencia también al testimonio del perito de parte en la segunda autopsia Vignolo, “la quebradura de costillas fue provocada por el volante (…) es raro que haya podido salir eyectado, tendría otro tipo de lesiones”. La querella expresó: “podría haber sido sacado del vehículo y la cabeza golpeada sobre el pavimento y esto no fue desmentido por el perito forense Trezza.”
En relación al estado del vehíiculo de Monseñor Angelelli el mecánico del Obispado Agustín Baldo dijo: “la camioneta era original, modelo 73, estaba en muy buenas condiciones y el Obispo era buen conductor”.
Completo el alegato el abogado Díaz Martínez tomando distintos aspectos para fundamentar la responsabilidad criminal de Menéndez y Estrella.
Detalló el contexto del golpe civico-militar en lo político, social, jurídico tanto a nivel  nacional como en La Rioja. Era un plan preconcebido en el marco de la teoría de la Seguridad Nacional, con la  participación civil a través de la oligarquia nacional y el ministro de economía Martinez de Hoz, destinado a concebir la miseria, la precarización y la destruccion de la industria nacional. Este Estado Terrorista persiguió a todo opositor, a niños, a jóvenes y obreros. En el año 76 no hubo guerra, no hubo dos demonios. “¿cómo podemos decir demonio a Angelelli?”.
También tomó la teoría de Claus Roxín basada el dominio del hecho y del dominio de la voluntad para calificar a los imputados como autores mediatos.
Sobre Fernando Estrella dijo que es el que llevó adelante el golpe del 76 en Chamical y que realizaba tareas de inteligencia, no solo retransmitió órdenes sino que garantizaba que se cumplieran.
A su turno la querella del Obispado representada por los abogados Pedro Goyochea y Mirta Sánchez expresaron su adhesión a los alegatos ya realizados y fundamentaron el propio desde la pastoral de Monseñor Angelelli y la persecusión sufrida, basándose en distintos testimonios que fueron detallando las acciones de descalificación, intimidación y persecución.
El sacerdote Enri Praolini (testimonio escrito) había caracterizado a la pastoral de Angelelli: “optar por todo el pueblo de Dios abierta a todo nacional y latinoamericano, una  pastoral conciliar y participativa.” Sebastían Glassman expresó asimismo: “Había una adhesión plena a la pastoral de Monseñor Angelelli”.
También se habló del plan sistemático, de los postulados del Terrorismo de Estado,  consideraron importante destacar: ”esta  investigación lleva 38 años pero el proceso judicial interviniente no tomó las medidas para hacer justicia todo lo contrario fueron perversos, un accidente para ocultar el crimen.”
Puso de ejemplo la designación de Vigo (miembro de la policía Federal) sin estudios secundarios consiguió la matrícula y fue nombrado juez de instrucción el 18 de julio de 1976. Su informe permitió archivar la causa: “Vigo fue puesto para lograr la impunidad.” Acordaron con la otra querella en el pedido de condena y en los cargos sumando los cargos de alevosía y odio religioso.
La próxima Audiencia será el día 27 de Junio en los Tribunales Federales de La Rioja a hs. 9,30
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¡Cárcel común y efectiva!
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domingo, 15 de junio de 2014

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÙBLICO POR EL ASESINATO DE MONSEÑOR ANGELELLI Y EL INTENTO DE HOMICIDIO DEL EX SACERDOTE ARTURO PINTO


AUDIENCIA N°21
13 de Junio

  Se inició la Audiencia a las 10:10 horas, a sala llena con la visita de una delegación de la Universidad de Rio Cuarto, Córdoba, acompañada por su rector Marcelo Ruiz.También se encontraban presentes compañeros de Catamarca, de Córdoba y del interior de la Provincia. Todo se desarrollo en un clima especial teniendo en cuenta que un 13 de Junio de 1973, hace 41 años, Monseñor Angelelli junto a sacerdotes, religiosas y laicos fueron apedreados y difamados por un grupo de la costa riojana en Anillaco, los cuales se autodenominaban “Defensores de la Fe”.
Por secretaría se informó del resultado de la prueba realizada por el perito caligráfico, Nicolás Arias concluyendo que la firma peritada es de “puño escritor de Monseñor Angelelli”. Recordamos que esta pericia se efectuo sobre la carta que Angelelli envió a Monseñor Zaspe, donde confirma la entrevista que tuvo con Benjamin Menéndez. Con esto se pone en evidencia la mentira sostenida por el imputado Menéndez quien niega haber conocido a Angelelli.
Sobre el pedido que se le hizo a la Confererncia Episcopal del informe realizado por Monseñor Giaquinta, comunicaron que no cuentan con un expediente original y si con un conjunto de notas intercambiadas, constituidas por 419 hojas adjuntadas en un soporte digital.
También la querella del obispado pidió se incorpore documentación a la causa consistente en material escrito (carpeta) que certifica la entrevista de Angelelli con Menéndez describiendo circunstancias y contenido, el papel de Diario el Sol del 2 de Agosto de 1976 conteniendo un artículo donde el Jefe de la Base Aerea Celpa, Lázaro Aguirre difama a Monseñor Angelelli. Asimismo la denuncia de Monseñor Angelelli sobre las persecuciones, los detenidos en las cárceles y nombre de los autores del hostigamiento. Esta prueba documental fue entregada por Monseñor Angelelli, previendo ya la imposibilidad de hacerlo personalmente, via un Fraile conventual a la nunciatura que estaba a cargo de Pio Laghi para que sea entregada al Vaticano, lo que efectivamente se realizó y hoy se comprueba. Esto certifica la existencia de la carpeta y cuaderno de elaboración de Monseñor Angelelli tantas veces negada.
Luego se recibió la última declaración de la etapa probatoria con la presencia del subcomisario médico Enzo Herrera Páez. Cabe aclarar que fue citado cuatro veces por el Tribunal justificando sus inasistencias con certificados médicos emitidos por urologo José Sanchez, sin embargo frecuentemente se lo vió circular por las calles de la ciudad.
El médico policial fue el 4 de Agosto del 1976 al lugar del hecho y junto al Dr. Guchea y el anátomo patólogo Eldo Nefén, realizaron la autopsia a Monseñor Angelelli en la morgue del Hospital Presidente Plaza. Frente a las preguntas realizadas por las distintas partes se pudo observar que respondió con imprecisiones, contradicciones, omisiones y falacias a punto tal que una de las querellas le pidio “que tome conciencia de su relato”.
Finalizada la declaración del subcomisario médico Herrera Paez el tribunal dio por cerrada la etapa probatoria y dispuso un cuarto intermedio hasta las 15,30 horas.
Reiniciada la Audiencia el Tribunal dio inicio a la lectura de los Alegatos por parte de la querella de Derechos Humanos de la Nación y Provincia, de María Elena Coseano y Luis Baronetto (Tiempo Latinoamericano). Finalizando la extensa jornada con la lectura del alegato de la querella del Obispado. Mientras se hacía la lectura se escuchó con emoción el acompañamiento de la Orquesta infanto-juvenil Monseñor Angelelli del Barrio Virgen del Valle, interpretando “Hay que seguir andando nomás”.
Los alegatos fueron contundentes, basándose en pruebas que una vez más reafirman la Memoria y Verdad Histórica. Los diferentes componentes serán desarrollados en el próximo Diario. Podemos señalar, en una anticipación, que ambas querellas  coincidieron en solicitar para los imputados la condena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua por crímenes de lesa humanidad, pidiendo también el cumplimiento en cárcel común y efectiva.
Fue importante escuchar en el silencio de la sala los nombres de los civiles que hostigaron a Monseñor Angelelli desde su llegada a La Rioja. Con firmeza se pidió la investigación de estos civiles que prestaron colaboración: Juan Fanor del Moral, Juan Carlos Cisterna, Amado Menem, Carlos Orellana, Fiori Cecone, Manuel Menem, Cesar Menem, Manuel Yañez, Roberto Pastor Ávila, Simón Navarro, José Alejandro Lucero, Luis María de las Puente y Humberto Paez ( Cruzados de la Fe). También el pedido se extendió a los que a través del Diario El Sol prestaron colaboración, José Ricardo Furey, Tomás Alvarez Saavedra, y Luis Saavedra.
Terminados los alegatos, los presentes en la sala aplaudimos emocionados  y con mucha fuerza, todos leímos el poema de Monseñor Angelelli “El hombre Proyecto de Pueblo” que fue distribuido por los jóvenes de la Universidad de Rio Cuarto.
Con sostenido aplauso despedimos a los compañeros venidos de otras provincias agradeciendo el acompañamiento a este histórico juicio. Invitamos a participar en las dos últimas audiencias, el día 27 de junio conclusión de los alegatos y el día 4 de Julio palabras de los imputados y lectura del veredicto.
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domingo, 8 de junio de 2014

DIARIO DEL JUICIO ORAL Y PÙBLICO POR EL ASESINATO DE MONSEÑOR ANGELELLI Y EL INTENTO DE HOMICIDIO DEL EX SACERDOTE ARTURO PINTO





AUDIENCIA N°20


6 de Junio
  La Audiencia se reanudó a las 10:30 horas. Por secretaría se dio lectura al certificado médico emitido por el medico urólogo Guillermo José Sánchez para justificar por tercera vez la no comparencia del médico forense de la Policía de la Provincia en el momento de los hechos, Enzo Herrera Paez. La preocupación por esta reiterada ausencia se agravó cuando al reanudar la Audiencia en la tarde se informó que se produjo la comunicación con Herrera Paez para que el Tribunal se constituyera en su domicilio, a lo que el testigo se  negó aduciendo que a las 17:30 tenía que realizarse una resonancia magnética en un Instituto local.
Se decide entonces una cuarta y última citación para la Audiencia del día 13 de Junio.
También durante la tarde el tribunal dio lectura a la incorporación por escrito a la causa de aproximadamente 35 testimonios ya recepcionados oportunamente a lo cual accedieron todas las partes.
Asimismo el Tribunal informó que el perito caligráfico, Nicolás Arias va a realizar la pericia ordenada oportunamente el día 10 de junio a las 11hs en la sede del Tribunal.
 Declaración del Coronel retirado Héctor M. Paiba
En horas de la mañana, y a través de videoconferencia desde Buenos Aires, declaró el Coronel retirado  Héctor Paiba fundamentando su informe sobre una pericia mecánica realizada en el año 1988. Cabe aclarar que tuvo como insumo para hacerla fotocopias de un expediente penal basado en un informe realizado por peritos de la policía de la Provincia de La Rioja. Le fue solicitada la pericia en forma verbal por el Coronel Cardozo director de Asuntos Institucionales del Estado Mayor del Ejército. Aclaró que no conocía La Rioja ni el lugar de los hechos.
Ante las preguntas realizadas por la Fiscalía, las querellas y el propio Tribunal  pretendió a través de fundamentaciones de leyes de la física eludir las respuestas y sostener su endeble y poco convincente informe.
También apeló a la Obediencia Debida manifestando que debía cumplir órdenes cuando ejercía un alto grado y cargo jerárquico dentro de la Institución. Expresó que en sus 30 años como perito en las Fuerzas Armadas  no participó en otros hechos viales con participación de civiles y/o sacerdotes de  similares características.
La querella de Derechos Humanos tomando todas las irregularidades, en el material que utilizó Paiba para el informe, y atento a la doble calidad de funcionario y militar en actividad en ese momento (como sub -director ténico del Ejercito), solicitó se investigue la posible comisión de un delito por cuanto no verificó la forma legal o ilegal del expediente que motivó su actuación
Este pedido fue acompañado por la Fiscalia y demás querellantes.
Como este testigo fue presentado por la defensa del imputado Fernando Estrella el abogado Juan Miguel Deleonardi, se opuso e hizo vehemente defensa del Coronel Paiba.
Esta cuestión planteada quedó a ser resuelta por el Tribunal e informada al momento de la sentencia. Se confirmó la lectura de los alegatos de fiscalía y querella para el viernes 13 de junio extendiéndose para el sábado 14 si es necesario.
Esperamos que al finalizar este juicio se haga lugar a la continuidad del pedido de justicia y cese la impunidad de los actores civiles, judiciales  y de las  fuerzas de la represión aún sin proceso y condena
Invitamos una vez más a acompañar este importante juicio recordando que quedarían los días 13, 27 de junio y 4 de julio para lectura de sentencia.

Entre todos lograremos que se haga Justicia, tu presencia es importante, las audiencias son públicas!
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