Segunda parte de la Causa Fernando Estrella y Otros
POR EL ASESINATO DE
LOS SACERDOTES
CARLOS DE DIOS MURIAS Y GABRIEL LONGUEVILLE
AUDIENCIA
N°6
12 y 13 de Febrero
La Audiencia se inició a las 10,45 horas. Por Secretaria se dió lectura
de la Resolucion de la Procuraduría Federal de la Nación, designando como
fiscal subrogante a Rafael Vehils Ruiz en esta causa donde está imputado Angel Ricardo
Pessetta. Se recepcionó el testimonio de Delia Cabas y Miguel La Civita a
través de video-conferencia.
La
Hermana Delia Cabas dio su testimonio desde Reconquista, expresando al tribunal
que ratifica sus declaraciones anteriores ya que por razones de tiempo
transcurrido pueda no recordar con precisión datos sobre lo vivido en el año
1976.
Luego
se refirió al contexto que se vivió antes de los asesinatos refiriéndose a los
años 1975-76 que eran muy difíciles, de persecución permanente. Contó sobre la
cruz que pusieron en homenaje a Carlos y Gabriel: “Fue ametrallada y no conforme con eso, porque quedaba en pie, la
dinamitaron.”; “En una oportunidad fuimos con jóvenes a rezar el rosario en la
cruz y nos sobre paso un auto, desde la base nos alumbraron con un
reflector”.
“Allanaron nuestra casa; yo estaba en la
cama con fiebre, entra un joven rubio y revisa especialmente los libros” (…) “muchos
jóvenes que trabajaban con nosotras en el grupo juvenil fueron detenidos”.
Luego
de un cuarto intermedio desde el Tribunal Oral de Rosario dio su testimonio el
sacerdote Miguel Angel La Civita.
Ante
la pregunta del Tribunal sobre si lo conocía al imputado Pessetta, respondió
que sí, ya que eran oriundos del mismo lugar:
“Puedo decir que prestaba servicio en la
Base Aerea de Chamical” (…) ”Escuche que realizaba tareas de inteligencia.”
“Hubo persecución abierta tanto en el 73, 74
hasta la época más dura que recrudece en los años 76-78.”
También
contó que el padre Francisco Canobell le dijo: “el que nos interrogó fue Angel Ricardo Pessetta”.
Refiriéndose a la Conferencia Episcopal
que actuaba en el año 1976: “le
preguntamos a Monseñor Enrique qué dicen los obispos y nos dijo ni siquiera me
escucharon”. El padre La Civita concluyó: “había una persecución interna de parte de la jerarquía de la Iglesia.
Nombró a todos los sacerdotes que apoyaban a la pastoral de Monseñor Angelelli”
Después del extenso y detallado testimonio
del padre La Civita aportando a la búsqueda de justicia, el imputado Pesseta
pidió decir unas palabras.
Presentó ante el tribunal fotos del
Diario “La Capital “ de Santa Fe de los
días 22 y 23 de julio del año 1976.
La
Audiencia paso a un cuarto intermedio hasta el viernes 13.
A 10 horas del día viernes dio inicio la
Audiencia donde la querella de Derechos Humanos de la Nación expresa su
disconformidad sobre la presentación de los diarios realizada por el imputado
Pesseta, manifestando que la misma está fuera de término y que no se encuadra
en lo que Pesseta solicitó que fue a declarar. A este requerimiento se sumaron
las otras querellas y la fiscalía.
A
continuación declaro José Ángel Ponce que en 1976 trabajaba en la Base como
personal Civil.
En la
primera etapa de su declaración, favoreció la imagen del imputado Pesseta y de
la institución “CELPA”. Ante una firme requisitoria de fiscalía y de las
querellas Ponce tuvo que reconocer situaciones tales como: “El comodoro Aguirre
me dijo ¿Porque enviamos una corona a estos zurdos? y nos dijo que nos
trasladarían a otro lugar en avión lo
que nos produjo miedo porque ya se sabía que se tiraba gente de los aviones”.
A
continuación declaró el Padre Carlos Gonzalez requerido por la defensa,
respondiendo a las preguntas del abogado Pagoto y del co–defensor del imputado
Pessetta. Fiscalia y Querrellas no realizaron preguntas.
Finalmente el Tribunal informó que el día 3 de Marzo,
último día de revisación de pruebas presentadas.
Día 4 de marzo, 9,30 hs, alegatos de las querellas y
fiscalía. Día 5 de Marzo alegato de la defensa.
Juicio y castigo!
¡Cárcel común y efectiva!
Verdad, Justicia y reparación histórica!
Comunidades Cristianas de base, , Ex presos
políticos, Organizaciones sociales y de Derechos Humanos Independientes.
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